Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1 de la Ley de Cantabria 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria. · BOE-A-1993-5274
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-12-31.
Texto consolidado
Es objeto de la presente Ley la regulación del Régimen Jurídico de las Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Se considerarán Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria:
a) Las tasas y precios públicos establecidos por la Diputación Regional de Cantabria.
b) Las tasas y precios públicos establecidos por el Estado o las Corporaciones Locales que afecten a la utilización del dominio público o a servicios cuya competencia haya sido transferida o se transfiera a la Comunidad Autónoma de Cantabria con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley.