Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 9/1984, de 30 de octubre, de declaración del 1 de marzo como «Día de las Islas Baleares». · BOE-A-1985-3563
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-01-09.
Texto consolidado
Se establece el 1 de marzo como «Día de las Islas Baleares», con carácter de fiesta oficial, laborable, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma.