Artículo 1. Creación.
Artículo 1 de la Ley 8/1998, de 12 de junio, de Creación del Colegio Profesional de Podólogos de Cantabria. · BOE-A-1998-19941
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-30.
Texto consolidado
Se crea el Colegio Profesional de Podólogos de Cantabria, como corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.