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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Artículo 1 de la Ley 7/2023, de 22 de marzo, de comunidades baleares o isleñas fuera del territorio balear. · BOE-A-2023-13801

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-29.

Texto consolidado

1. Esta ley tiene por objeto regular, de acuerdo con la normativa vigente, el marco de las relaciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears con las comunidades baleares o isleñas establecidas fuera del territorio de la comunidad autónoma, con los isleños o las isleñas residentes, temporalmente o permanentemente, o desplazados, en el extranjero, como también con las otras personas que, más allá del territorio balear, y en la medida que estén afectadas por esta disposición, acrediten vínculos de origen, emocionales o afectivos con la gente, la lengua, la cultura y la historia de las Illes Balears.

2. El Gobierno y la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y el resto de instituciones autonómicas, tal como queda recogido en la exposición de motivos, si corresponde, en el ámbito de las competencias que les son propias, apoyan estas relaciones, las promueven, las incentivan, las fomentan y velan por el cumplimiento de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-29.

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