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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto de la Ley.

Artículo 1 de la Ley 7/2015, de 31 de marzo, por la que se regula el Estatuto de Capitalidad de la Ciudad de Mérida. · BOE-A-2015-4328

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-08.

Texto consolidado

La presente Ley tiene por objeto regular el Estatuto Especial de la ciudad de Mérida como capital de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sede de las instituciones autonómicas, de conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma Extremadura.

A efectos de la Ley se entiende por Estatuto Especial el régimen legal específico aplicable a las relaciones entre el Ayuntamiento de Mérida y la Junta de Extremadura, en las materias de interés común exclusivamente derivadas del hecho de la capitalidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-08.

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