Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-2001-428
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-25.
Texto consolidado
1. Es objeto de la presente Ley la ordenación y regulación del aprovechamiento de pastos, hierbas y rastrojeras, y el establecimiento de los órganos competentes en la materia así como su composición, funciones y régimen de funcionamiento.
2. Esta Ley se aplicará a todas las superficies que dentro del ámbito geográfico de Castilla-La Mancha estén sometidas al régimen común de aprovechamiento de pastos.