Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2011-6649
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-12-15.
Texto consolidado
1. El objeto de la presente ley es la regulación, en el marco de la legislación básica estatal, del régimen jurídico de las subvenciones otorgadas por los entes del sector público autonómico siguientes:
a) La Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Los organismos autónomos dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Los demás organismos o entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma, en la medida en que las subvenciones que otorguen sean consecuencia de potestades administrativas.
2. Deberán asimismo ajustarse a esta Ley, las subvenciones otorgadas por las Fundaciones y Sociedades del Sector Público Autonómico, conforme a lo establecido en la disposición adicional tercera de la misma. En todo caso, estas subvenciones habrán de tener relación directa con el objeto de la actividad contenido en la norma de creación o sus estatutos.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-226.