Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2010-2187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-19.
Texto consolidado
El objeto de la presente ley es regular el ejercicio de la libertad de elección de médico de familia, pediatra y enfermero en atención primaria y de médico y hospital en atención especializada, con excepción de la atención domiciliaria y las urgencias.