Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 6/1991, de 20 de marzo, de protección de los árboles singulares. · BOE-A-1991-10654
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-05-03.
Texto consolidado
Se crea el Catálogo de Árboles Singulares de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, integrado por los individuos vegetales arbóreos de corte, edad o características extraordinarios.