Artículo 1. Del Gobierno.
Artículo 1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. · BOE-A-1997-25336
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-12-18.
Texto consolidado
1. El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.
2. El Gobierno se compone del Presidente, del Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, y de los Ministros.
3. Los miembros del Gobierno se reúnen en Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno.