Artículo 1. Modificación de la Ley 10/1998, de 14 de diciembre, de colegios profesionales de las Illes Balears.
Artículo 1 de la Ley 5/2019, de 8 de febrero, de modificación de la Ley 10/1998, de 14 de diciembre, de Colegios Profesionales de las Illes Balears y de creación del Colegio Profesional de Docentes de las Illes Balears. · BOE-A-2019-3913
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-17.
Texto consolidado
Se añade el párrafo siguiente a la disposición final primera de la Ley 10/1998, de 14 de diciembre, de colegios profesionales de las Illes Balears:
«El reglamento establecerá, entre otros aspectos, el procedimiento a seguir para la creación de los colegios profesionales sin perjuicio de la posibilidad de impulsar su creación vía proposición de ley.»