Artículo 1. Objeto de la ley.
Artículo 1 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo. · BOE-A-2011-14349
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-01.
Texto consolidado
El objeto de la presente ley es la creación y regulación de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad como ente encargado de impulsar la planificación, coordinación, gestión, ejecución y evaluación de la política de cooperación y solidaridad del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.#df
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 3/2024, de 15 de febrero, de Cooperación y Solidaridad..