Artículo 1. Naturaleza.
Artículo 1 de la Ley 5/2006, de 25 de mayo, de creación de la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP). · BOE-A-2006-11582
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
1. Se crea la Agència Valenciana d'Avaluació i Prospectiva (AVAP), que se configura como entidad de derecho público sometida al derecho privado, de las previstas en el artículo 5.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat.
2. La Agència Valenciana d’Avaluació i Prospectiva, con personalidad jurídica y patrimonio propios y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, queda adscrita a la Conselleria competente en materia de universidades.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-5482.