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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 1. Ámbito.

Artículo 1 de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2005-14494

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-27.

Texto consolidado

1. La presente Ley regula, en el ámbito de las competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la asistencia farmacéutica prestada a los ciudadanos a través de los establecimientos y servicios siguientes:

a) Oficinas de farmacia.

b) Botiquines.

c) Servicios de farmacia de estructuras de atención primaria y centros de salud.

d) Servicios de farmacia hospitalarios y depósitos de medicamentos.

e) Servicios de farmacia y depósitos de medicamentos en los centros sociosanitarios.

f) Depósitos de medicamentos en otros centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como en los centros penitenciarios.

2. Asimismo se regulan en la presente Ley:

a) Entidades de distribución.

b) Establecimientos autorizados para la dispensación de medicamentos veterinarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-03-27.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-6876.

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