Artículo 1. Finalidad.
Artículo 1 de la Ley 5/2004, de 21 de diciembre, de declaración del Parque Natural de Hoces del Río Riaza (Segovia). · BOE-A-2005-834
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-23.
Texto consolidado
Por la presente Ley se declara el Parque Natural de Hoces del Río Riaza, con la finalidad de:
1. Contribuir a la conservación y mejora de sus ecosistemas naturales y valores paisajísticos en armonía con los usos, derechos y aprovechamientos tradicionales y con la realización de actividades educativas, científicas, culturales, recreativas, turísticas o socioeconómicas compatibles con la protección del Espacio.
2. Garantizar los derechos históricos de la población asentada, así como la mejora de su calidad de vida y bienestar social.
3. Potenciar todo tipo de actuaciones tendentes a incrementar la población de los municipios y la capacidad socioeconómica de los mismos.