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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto y finalidad de la Ley.

Artículo 1 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2001-12771

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-09.

Texto consolidado

1. Es objeto de la presente Ley la regulación de las actividades de planificación, fomento, promoción, establecimiento, gestión y control, dentro del territorio andaluz, de las áreas destinadas a prestar servicios al transporte de mercancías por carretera.

2. La regulación de las actividades objeto de la presente Ley tiene como finalidad estructurar, en el marco de la planificación territorial y de la planificación directora en materia de infraestructuras de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las áreas de transporte de mercancías en una red andaluza, bien articulada con la red nacional e internacional de infraestructuras de transporte y de plataformas logísticas nodales, a fin de mejorar la eficiencia del sistema de transporte andaluz e impulsar el equilibrado desarrollo regional, a partir del establecimiento de puntos preferentes de servicios y de intercambios intra y suprarregionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-09.

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