Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.
Texto consolidado
El objeto de la presente ley es regular la aplicación de medidas de simplificación, agilización y digitalización administrativa en la Administración regional, mediante medidas y herramientas de simplificación, la regulación del régimen jurídico general de las entidades colaboradoras y la promoción de la Administración digital, al objeto de mejorar la gestión y la calidad de los servicios públicos que presta la Administración regional, en condiciones de igualdad y no discriminación.