Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 4/1998, de 22 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4973
Atención: Ley 4/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Ley tiene por objeto regular la coordinación y demás facultades en relación con las Policías Locales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud de lo dispuesto en los artículos 148.1.22.a de la Constitución y 10.21 del Estatuto de Autonomía.