Artículo 1. Reconocimiento de la Universidad.
Artículo 1 de la Ley 4/1997, de 30 de mayo, de reconocimiento de la Universidad "Mondragon Unibertsitatea". · BOE-A-2012-411
Atención: Ley 4/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se reconoce la Universidad «Mondragon Unibertsitatea» como Universidad privada.
2. La Universidad «Mondragon Unibertsitatea» se regirá por la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, por la presente ley y por sus propias normas de organización y funcionamiento.
3. Las normas de organización y funcionamiento de «Mondragon Unibertsitatea» deberán ser conformes con los principios constitucionales y respetar y garantizar, de forma plena y efectiva, el principio de libertad académica que se manifiesta en las libertades de cátedra, de investigación y de estudio.