Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de Creación de la Escuela Gallega de Administración Pública. · BOE-A-1987-16956
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-06-22.
Texto consolidado
1. La Escuela Gallega de Administración Pública se crea como Organismo Autónomo de carácter administrativo, adscrito orgánicamente a la Consellería de la Presidencia.
2. La Escuela Gallega de Administración Pública es una Entidad de Derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que actúa con plena autonomía funcional para el cumplimiento de sus fines, y se regirá por la normativa autonómica que le sea de aplicación y por la reguladora de las Entidades autónomas.