Artículo 1. Objeto y finalidad.
Artículo 1 de la Ley 3/2013, de 28 de junio, de medidas de autoridad del profesorado. · BOE-A-2013-11336
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-07-05.
Texto consolidado
La presente ley tiene por objeto reconocer la autoridad del profesorado de centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito del Principado de Asturias, y establecer las condiciones básicas de su ejercicio profesional, con el fin de procurar el adecuado clima de convivencia en los centros educativos y garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación de todo el alumnado.