Artículo 1. Objeto y finalidad.
Artículo 1 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. · BOE-A-2011-13120
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-13.
Texto consolidado
La presente ley tiene por objeto reconocer a la familia como estructura básica de la sociedad y ámbito natural de desarrollo de la persona, regulando la obligación que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia tienen de apoyar y proteger a las familias y a sus miembros, y, en especial, a los niños y niñas y adolescentes.