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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 1. Reconocimiento de la «Universidad Internacional Isabel I de Castilla».

Artículo 1 de la Ley 3/2011, de 22 de marzo, por la que se reconoce como universidad privada a la "Universidad Privada Internacional de Burgos", con sede en Burgos. · BOE-A-2011-6653

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-05-11.

Texto consolidado

1. Se reconoce a la «Universidad Internacional Isabel I de Castilla» como Universidad Privada que, con sede en Burgos, impartirá enseñanzas dirigidas a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, en la modalidad no presencial de manera parcial. Tendrá personalidad jurídica propia y forma de sociedad anónima, y ejercerá las funciones que como institución universitaria que realiza el servicio público de la educación superior le corresponden, a través de la investigación, la docencia y el estudio.

2. La Universidad Internacional Isabel I de Castilla se regirá por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; por la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, y por las normas que las desarrollen; por la presente Ley, por sus normas de organización y funcionamiento, así como por las normas correspondientes a la clase de personalidad jurídica adoptada.

3. Las normas de organización y funcionamiento de la Universidad Internacional Isabel I de Castilla, de conformidad con el artículo 20.1.c) de la Constitución y con lo previsto en el artículo 2.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, reconocerán explícitamente que la actividad de la Universidad se fundamente en la libertad académica, manifestada en las libertades de cátedra, de investigación y de estudio.

De conformidad con los apartados 2 y 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, estas normas de organización y funcionamiento deberán ser elaboradas por la Universidad y, previo su control de legalidad, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León.

4. La Universidad Internacional Isabel I de Castilla se organizará de forma que en su gobierno y en el de sus centros quede asegurada la representación armónica de los diferentes sectores de la comunidad universitaria.

Se modifican las referencias hechas a la Universidad por la disposición adicional de la Ley 2/2012, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2012-6695

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-05-11.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-6695.

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