Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 3/2002, de 20 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Las Palmas. · BOE-A-2002-11819
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-04.
Texto consolidado
1. Se crea el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Las Palmas, como corporación de Derecho público, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y ejercicio de sus funciones.
2. El ámbito territorial del colegio profesional es el de las islas de Fuerteventura, Gran Canaria y Lanzarote.