Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 3/1997, de 20 de marzo, de Extinción de Cámaras Agrarias Locales. · BOE-A-1997-11540
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-04-30.
Texto consolidado
Es objeto de esta Ley:
1. Declarar extinguidas las Cámaras Agrarias Locales.
2. Fijar el destino del patrimonio y del personal funcionario y laboral transferido, así como del personal propio de las Cámaras Agrarias Locales.