Artículo 1. Creación.
Artículo 1 de la Ley 3/1997, de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. · BOE-A-1997-16991
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-04.
Texto consolidado
Se crea la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, que se regirá por la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; por la Ley 1/1992, de 21 de mayo, de Coordinación del Sistema Universitario de Andalucía; por la presente Ley; por las normas que las desarrollen, y por sus Estatutos.