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Ley Derogada

Artículo 1.

Artículo 1 de la Ley 3/1985, de 22 de marzo, de la Medalla de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1985-15029

Atención: Ley 3/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se crea la Medalla de la Comunidad de Madrid, que se otorgará como reconocimiento a los méritos de las instituciones, personas físicas o jurídicas que se hayan destacado por su servicio a la misma desde cualquier ámbito de la actividad.

Esta condecoración podrá ser concedida a Su Majestad el Rey, y también a autoridades extranjeras y de otras Comunidades Autónomas del Estado español por motivos de cortesía o reciprocidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-03-25.

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