Artículo 1. Derecho a la asistencia sanitaria pública.
Artículo 1 de la Ley 21/2010, de 7 de julio, de acceso a la asistencia sanitaria de cobertura pública a cargo del Servicio Catalán de la Salud. · BOE-A-2010-12710
Atención: Ley 21/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Todas las personas residentes en Cataluña tienen derecho a la asistencia sanitaria pública a cargo del Servicio Catalán de la Salud, de acuerdo con lo establecido por la presente ley.