Artículo 1. Objeto de la ley.
Artículo 1 de la Ley 2/2014, de 28 de marzo, de Centros Museísticos de Castilla y León. · BOE-A-2014-4333
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-03.
Texto consolidado
Es objeto de la presente ley establecer el régimen jurídico de los centros museísticos de competencia de la Comunidad de Castilla y León, así como regular la participación y la coordinación de aquellos dentro de un marco organizativo autonómico destinado a mejorar la calidad de los servicios que dichos centros museísticos prestan a la sociedad, sin perjuicio de las competencias estatales en aquellas materias que puedan ser concurrentes.