Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 2/2007, de 12 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de Extremadura. · BOE-A-2007-10663
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-16.
Texto consolidado
El objeto de la presente Ley es la protección, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Documental de Extremadura, así como la creación y articulación del Sistema Archivístico de Extremadura, la regulación del régimen de organización y funcionamiento de sus archivos y del acceso de los ciudadanos a los mismos, así como el establecimiento del correspondiente régimen sancionador.
Igualmente, es objeto de la presente Ley el establecimiento y fijación de los derechos y obligaciones relativas al Patrimonio Documental, tanto de los ciudadanos como de los titulares de los archivos que formen parte del citado Sistema Archivístico.