El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 1. Definición de integración.

Artículo 1 de la Ley 2/2005, de 4 de abril, de contratos de integración. · BOE-A-2005-6973

Atención: Ley 2/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Se entiende por integración el sistema de gestión de la explotación ganadera destinado a obtener productos pecuarios en colaboración entre dos partes, una de las cuales, llamada integrador, proporciona los animales y los medios de producción y los servicios que se pacten en el contrato correspondiente, y la otra, llamada integrado, aporta las instalaciones y los demás bienes y servicios necesarios y se compromete al cuidado y mantenimiento del ganado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-13.

Más artículos de Ley 2/2005

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.