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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 1. Objeto y naturaleza jurídica.

Artículo 1 de la Ley 16/2016, de 9 de diciembre, de creación de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears. · BOE-A-2017-267

Atención: Ley 16/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El objeto de esta ley es crear y regular la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears, que depende orgánicamente del Parlamento de las Illes Balears y ejerce sus funciones con plena independencia, sometida únicamente al ordenamiento jurídico.

2. La Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears se configura como una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus finalidades.#df-4

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-08-08.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 7/2018, de 31 de julio, de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en las Illes Balears..

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