Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica. · BOE-A-2015-9208
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-13.
Texto consolidado
El objeto de la presente ley es el establecimiento de los principios y criterios que deben seguir las administraciones públicas de Cataluña al efecto de:
a) Impulsar la actividad económica mediante la supresión o la reducción de los trámites administrativos de las empresas y los profesionales para iniciar una actividad económica en Cataluña.
b) Agilizar y simplificar la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña.
c) Simplificar las relaciones entre las administraciones públicas de Cataluña mejorando su coordinación.
d) Hacer efectivo el derecho de la ciudadanía, las empresas y los profesionales a acceder al ejercicio de la actividad económica de forma ágil y eficiente.