Artículo 1. Naturaleza y Régimen Jurídico.
Artículo 1 de la Ley 14/1999, de 29 de abril, de creación del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-15802
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-05-14.
Texto consolidado
Se crea el Colegio Profesional de Protésicos Dentales de la Comunidad de Madrid, como Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y con capacidad plena para el cumplimiento de sus fines.
La estructura interna y funcionamiento del Colegio serán democráticos y se regirán por lo previsto en los preceptos básicos de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales; la Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid; sus propios Estatutos, y por cuantas normas jurídicas le sean de directa o subsidiaria aplicación.