Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 13/2018, de 29 de noviembre, de Comunicación y Publicidad Institucional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-366
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-04.
Texto consolidado
1. Es objeto de esta ley establecer los principios a los que deberá someterse la comunicación institucional y regular la publicidad institucional entendidas como las actividades comunicativas y publicitarias promovidas por la administraciones e instituciones públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como por las empresas y organismos que de ellas dependen, y definir y garantizar el uso de la publicidad institucional exclusivamente en beneficio de la ciudadanía, para que sea informada de sus derechos y de los servicios públicos concretos a los que puede acceder, bajo la concepción ciudadana colectiva y no partidista de los servicios públicos.
2. También es objeto de la ley que la publicidad institucional sirva para informar a la ciudadanía de sus responsabilidades legales, cívicas y sociales o para requerir un determinado comportamiento en función de un concreto bien jurídico a proteger, entendiendo la comunicación y la publicidad institucional como un derecho de la ciudadanía y un deber de las instituciones.