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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto de la Ley.

Artículo 1 de la Ley 13/1998, de 23 de diciembre, de atribución de competencias a los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera en materia de transportes terrestres. · BOE-A-1999-2946

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.

Texto consolidado

Esta Ley tiene como objeto la atribución de competencias a los Consejos Insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera en materia de transporte por carretera y la determinación del alcance y las condiciones de su ejercicio, de acuerdo con lo que se establece en los artículos 39.10 del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares y 12 de la Ley 5/1989, de 13 de abril, de Consejos Insulares.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-01.

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