Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
Artículo 1 de la Ley 10/2002, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2002-14086
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-12-21.
Texto consolidado
1. Es objeto de la presente Ley la regulación de la actividad estadística pública de interés de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
2. La presente Ley es de aplicación a la actividad estadística realizada por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, los organismos, entes y empresas integrados en el sector público de Castilla-La Mancha, así como la actividad estadística pública de interés de la Comunidad Autónoma realizada voluntariamente por otras entidades y Administraciones públicas.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-2709.