Artículo 1.
Artículo 1 de la Ley 1/1982, de 18 de octubre, de Gobierno y de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-1983-2625
Atención: Ley 1/1982 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Comunidad Autónoma de Murcia tiene como órganos superiores de Gobierno y Administración al Presidente, al Consejo de Gobierno y a los Consejeros.
2. Los demás órganos de administración de la Comunidad Autónoma se hallan bajo la dependencia del Presidente o del Consejero que corresponda.