Artículo 1. Ejercicio 2020.
Artículo 1 del Decreto-ley 33/2020, de 30 de septiembre, de medidas urgentes en el ámbito del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica y del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, y en el ámbito presupuestario y administrativo. · BOE-A-2020-13914
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-01.
Texto consolidado
1.1 La tarifa aplicable a la liquidación correspondiente al ejercicio 2020 del impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica es la siguiente:
a) Vehículos de la categoría M1 y de las categorías L3e, L4e, L5e y L7e.
Emisiones oficiales de dióxido de carbono
Tipo marginal (€/g CO2/km)
Hasta 120 g/km.
0,00
Más de 120 g/km y hasta 140 g/km.
0,55
Más de 140 g/km y hasta 160 g/km.
0,65
Más de 160 g/km y hasta 200 g/km.
0,80
Más de 200 g/km.
1,10
b) Vehículos de la categoría N1.
Emisiones oficiales de dióxido de carbono
Tipo marginal (€/g CO2/km)
Hasta 160 g/km.
0,00
Más de 160 g/km.
0,30
1.2 En los términos y las condiciones que establece el artículo 47 de la Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático, los plazos correspondientes a la exposición pública de los padrones provisional y definitivo correspondientes al ejercicio 2020 son los siguientes:
a) El padrón provisional se tiene que exponer del 1 al 15 de mayo del 2021.
b) El padrón definitivo se tiene que exponer del 1 al 15 de septiembre del 2021
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