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Decreto-ley Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias de gestión administrativa y económica de las ayudas incluidas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19. · BOA-d-2021-90225

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-21.

Texto consolidado

1. Constituye el objeto de este Decreto-ley la aprobación de las medidas urgentes y extraordinarias de gestión administrativa y económica para simplificar la tramitación de las ayudas incluidas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

2. Estas medidas deberán incluirse en las bases reguladoras y en la convocatoria de las ayudas destinadas a personas trabajadoras autónomas (empresarias y profesionales) y empresas adscritas a los sectores definidos en la misma, para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, creadas en el título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de respuesta a la pandemia derivada de la Covid-19.

3. Las ayudas directas contempladas en el Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, tienen carácter finalista y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando estos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021, con los límites establecidos en el artículo 3.2 del Real Decreto-ley 5/2021.

4. La aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria se realizará por el procedimiento de urgencia señalado en el artículo 14 bis de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, que permite tramitar en un expediente único las modificaciones precisas del plan estratégico, la elaboración de las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas.

5. El procedimiento para su otorgamiento será el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva establecido en el artículo 14.3 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en los términos que se establezcan en las bases reguladoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-21.

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