Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-03.
Texto consolidado
1. Este decreto-ley tiene por objeto la aprobación de medidas urgentes necesarias para regular los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en el ámbito del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía y del personal estatutario y funcionario de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud; establecer medidas de agilización de los procedimientos de estabilización de empleo temporal en el ámbito del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, del personal estatutario y funcionario de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el de la función pública docente de la Administración Educativa de la Junta de Andalucía; y adoptar, con carácter temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino en la Administración General de la Junta de Andalucía.
2. En lo no previsto en este decreto-ley se aplicarán, en cada ámbito correspondiente, las normas generales de acceso a la condición de personal funcionario de carrera y estatutario fijo.
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