Artículo 1. Suspensión de las autoliquidaciones.
Artículo 1 del Decreto-ley 11/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan medidas económicas, sociales y administrativas para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19 y otras complementarias. · BOE-A-2020-5648
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-09.
Texto consolidado
A efectos de la suspensión dispuesta en el artículo 14 del Decreto-ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, se entiende que la fecha de inicio de la suspensión es el 14 de marzo de 2020, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, de declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria provocada por la COVID-19.