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Decreto Vigente

Artículo 1.

Artículo 1 del Decreto 2718/1973, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Mutualidad Notarial. · BOE-A-1973-1530

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1973-11-27.

Texto consolidado

La Mutualidad Notarial, reconocida como especial por la Ley de 13 de julio de 1935, es una institución de carácter ético-benéfico investida de personalidad jurídica plena. En consecuencia, podrá adquirir, poseer y enajenar bienes de todas clases, así como contraer obligaciones y ejercitar cualesquiera acciones, conforme a las Leyes.

Continuará siendo de su cargo, por disposición legal, el pago de las pensiones y auxilios a que se refieren la citada Ley y la de 28 de mayo de 1862, así como el de los que reglamentariamente están establecidos o se establezcan.

Tiene su domicilio en Madrid.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1973-11-27.

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