Artículo 1.
Artículo 1 del Decreto 1290/1965, de 13 de mayo, por el que se autoriza la constitución del Colegio Oficial de Peritos Topógrafos. · BOE-A-1965-8952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-06-20.
Texto consolidado
Se autoriza la constitución del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos en Topografía como corporación oficial de carácter profesional, con todas las características de personalidad jurídica y capacidad propias de esta clase de Entidades, que agrupará a los profesionales a que se refiere el artículo segundo del presente Decreto y dependerá a efectos gubernativos y administrativos de la Presidencia del Gobierno.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1969-681.