Artículo 1. Personas comprendidas
Artículo 1 del Convenio entre el Reino de España y la República de Armenia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 16 de diciembre de 2010. · BOE-A-2012-5179
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-21.
Texto consolidado
El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes.