Artículo 1. Personas comprendidas.
ARTÍCULO 1 del Convenio entre el Reino de España y la República de Albania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Tirana el 2 de julio de 2010. · BOE-A-2011-4709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-04.
Texto consolidado
El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes.