El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 1.2-1 Concepto.

Artículo 1.2-1 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas. · BOE-A-2018-1870

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-31.

Texto consolidado

1. Son tasas aquellas prestaciones patrimoniales públicas de naturaleza pecuniaria, legalmente exigibles, cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público o en la prestación de servicios públicos o la realización de actividades en régimen de derecho público, que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando concurra cualquiera de las circunstancias siguientes:

a) Que no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios.

b) Que no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a favor del sector público, conforme a la normativa vigente.

2. A los efectos de lo dispuesto en la letra a del apartado anterior, se considerará que no existe voluntariedad por parte de los obligados tributarios cuando se dé cualquiera de las dos circunstancias siguientes:

a) Que la solicitud venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias.

b) Que los servicios o actividades requeridos sean imprescindibles para la vida privada o social del obligado tributario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-12-31.

Más artículos de Ley 20/2017

En El Vínculo puedes leer Ley 20/2017 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.