Art. 97.
Art 97 del Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial. · BOE-A-1986-10872
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-05-06.
Texto consolidado
Corresponde a la Sección de Recursos:
1. Gestionar la tramitación, ordenación e instrucción de los recursos administrativos de que deba conocer el Consejo General del Poder Judicial.
2. Redactar, en su caso, las propuestas de resolución que soliciten los ponentes designados, salvo que se encomiende a otros órganos técnicos del Consejo en atención a las cuestiones que se planteen.
3. Atender puntualmente a los requerimientos que formule el Tribunal Supremo, en el ámbito de los recursos contencioso-administrativos contra actos del Consejo General del Poder Judicial, y tramitar las actuaciones necesarias para colaboración del Consejo en la ejecución de las Sentencias, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.