Art. 9.
Art 9 de la Ley 5/1990, de 19 de diciembre, sobre prohibición de venta de bebidas alcohólicas a menores de dieciseis años. · BOE-A-1991-3218
Atención: Ley 5/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Toda autorización que otorguen las administraciones radicadas en el Principado de Asturias para la promoción pública de bebidas alcohólicas, a través de ferias o exposiciones, deberá realizarse condicionada a la no permisividad de acceso a menores de dieciséis años.
2. Cuando la promoción pública de bebidas alcohólicas tenga lugar en el recinto de exposiciones, muestras o actividades similares dedicadas con carácter general a otro tipo de promociones, se realizará en espacios diferenciados, a los que no se permitirá el acceso a menores de dieciséis años.