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Orden Vigente

Art. 87.

Art 87 de la Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria. · BOE-A-1974-494

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-23.

Texto consolidado

Quedan excluidos de la cobertura del riesgo de la Asistencia Sanitaria:

a) Las enfermedades derivadas de hechos de guerra, así como los daños producidos por explosiones nucleares o radiactivas que se hallen cubiertos por Seguros de responsabilidad civil por daños nucleares.

b) Las epidemias oficialmente declaradas.

c) Los aparatos de prótesis, piezas anatómicas y ortodoncias.

d) Abono de medicamentos de cualquier clase, excepto los que necesite el enfermo internado en Sanatorio en las condiciones que se señalen.

e) Gastos de traslado no contratados de los enfermos a los centros sanitarios o consultas, que serán de cuenta de los interesados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1974-03-23.

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